Decreto declara la Araucaria como Monumento Natural
Decreto:
1°.- Declárase Monumento Natural, de acuerdo a la definición y espíritu de la «Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América», a la especie vegetal de carácter forestal, denominada Pehuén o Pino Chileno, y cuyo nombre científico corresponde al de Araucaria Araucana (Mol.) K. Koch.
Esta declaración afectará a cada uno de los pies o individuos vivos de la citada especie, cualquiera sea su estado o edad, que habiten dentro del territorio nacional.
Santiago – 03-04-1990
VALOR PATRIMONIAL: Decreto que enviste a la Araucaria como monumento nacional en categoría Monumento Natural, reconociendo su importancia para el país por ser «una especie vulnerable a la extinción y por estar ligada a valores y principios que conforman el patrimonio histórico, social y cultural del pueblo mapuche y de la nación toda.»